28 de agosto de 2007

Tema 4: Corazones del SI, Corazones del NO


Esta semana queremos conversar sobre el uso de los corazones en las campañas del SI y el NO.
Mientras que la estrategia del NO ha apelado a la diversidad de los corazones, corazones buenos, bondadosos y desprendidos (ver spot Mi corazón del NO http://www.youtube.com/watch?v=ok_GjtpdaS0), el corazón enamorado del SI, ha tenido que convencer a la audiencia de la existencia de su corazón (Ver spot Un Corazon del NO se enamora de uno del SI http://www.youtube.com/watch?v=8YlkIR6XZts).

¿Qué opinión le merecen los usos y abusos de estos corazones?
¿Qué opinión le merece la apropiación del corazón por parte del SI?
En su percepción, ¿fomentan esos comerciales enojo o intolerancia en los y las simpatizantes de la tendencia "NO al TLC"? ¿En qué sentido?
Finalmente, ¿invitan "los corazones" a participar en el referendo?

22 de agosto de 2007

Tema 3: ¿Ha sido el Tribunal Supremo de Elecciones imparcial en la fiscalización del referendo?

Una de las instituciones centrales en el proceso de organización del referendo ha sido el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), y esta semana queremos discutir sobre el papel que esta institución ha jugado en dicho proceso.
El 12 de julio pasado el Tribunal emitió la convocatoria oficial del referendo. Desde entonces, se han afinado una serie de detalles organizativos. Adicionalmente, el Tribunal se ha pronunciado en relación a las campañas del SI y el NO (ver por ejemplo: TSE lanza advertencia por campaña de referendo, reportaje publicado por La Nación, el 24 de julio http://www.nacion.com/ln_ee/2007/julio/24/pais1178477.html) y ha emitido pronunciamientos, como el relacionado con las formas de vinculación de los y las funcionarias públicas, así como el uso de los recursos de dichas entidades (ver tema discutido la semana pasada).
Analizando la labor del Tribunal Supremo de Elecciones, nos gustaría saber:

- Con respecto a la organización de referendo por parte del TSE: ¿cuáles considera usted que son las debilidades de este proceso?
- Respecto a la propaganda de la campañas del si y del no, ¿le parece a usted que el actual rol fiscalizador es imparcial?
- ¿Qué actividades le parece a usted que debería llevar a cabo el TSE para asegurar una mayor participación en este proceso del referendo?

Les invitamos a opinar sobre estos temas u otros que se relacionen, aunque no estén planteados aquí.
Esperamos sus comentarios


Algunos insumos para la discusión:
Para ver resoluciones del Tribunal se puede consultar la siguiente dirección: http://www.tse.go.cr/referendum_menugestiones.htm

13 de agosto de 2007

Tema 2: La autonomía universitaria

En la discusión y tramitación sobre el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos ha salido a relucir el tema del papel que deben o deberían jugar las universidades públicas en coyunturas políticas como la que actualmente vive el país.

Con la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones Nº1617-E-2007 (ver resolución en: http://www.tse.go.cr/referendum_1676.htm), “Tampoco es permitido que dicha Casa de Enseñanza realice, en sus auditorios, conferencias que conlleven, tendenciosamente, a fines propagandísticos a favor o en contra de la consulta, salvo que se trate de actividades, foros o debates que sirvan exclusivamente para informar del tema” Por ello, esta semana los y las invitamos a discutir el tema de la autonomía universitaria. En su criterio:

  1. ¿Cree usted que las universidades públicas deben o no analizar y discutir, con o sin restricciones, los temas de la coyuntura política como la que actualmente atraviesa el país.
  2. ¿Le parece a usted que está o no bien que el Tribunal Supremo de Elecciones se pronuncié restringiendo las libertades a las universidades? La resolución emitida por el ¿ Tribunal Supremo de Elecciones ¿en su opinión fue o no acertada?

    Adjuntamos el siguiente insumo para la discusión y esperamos sus comentarios:



CONSEJO UNIVERSITARIO

Pronunciamiento en torno a la autonomía universitaria, la libertad de cátedra y el referéndum

El Consejo Universitario, CONSIDERANDO QUE:

1. El día 12 de julio del 2007, el Tribunal Supremo de Elecciones emitió la resolución N.° 1617-E-2007 en la que se refiere, entre otros asuntos, a la autonomía universitaria, a la participación de los funcionarios universitarios en el proceso del referéndum relativo al TLC y a la utilización de los recursos e instalaciones de la Universidad de Costa Rica en este proceso.

2. La Universidad de Costa Rica goza de autonomía constitucional que le permite plena independencia para el desarrollo de sus funciones, así como para darse su organización y gobiernos propios.

3. Desde su fundación, la Universidad de Costa Rica siempre se ha apegado a los más estrictos principios éticos para la utilización de los recursos públicos que el pueblo de Costa Rica le otorga para el cumplimiento de sus funciones y ha estado dispuesta a rendir cuentas de forma abierta y transparente sobre sus diferentes actividades.

4. Uno de los propósitos de la Universidad es estimular la formación de una conciencia creativa y crítica en las personas que integran la comunidad costarricense, que permita a todos los sectores sociales participar eficazmente en los diversos procesos de la actividad nacional (artículo 5, del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica).

5. La Universidad está en la obligación de contribuir con las transformaciones que la sociedad necesita para el logro del bien común, mediante una política dirigida a la consecución de una justicia social, de equidad, del desarrollo integral, de la libertad plena y de la total independencia de nuestro pueblo. (artículo 3, del Estatuto Orgánico).

6. La labor académica que ejerce el personal de la Universidad no es equiparable a la de otros funcionarios públicos, sino que el desempeño de sus funciones está amparado por la libertad de cátedra, libertad que por su trascendencia ha sido consagrada y resguardada en la Constitución Política, al ser reconocida como el principio fundamental de la enseñanza universitaria.

7. Según lo ha dejado claro la Sala Constitucional, al interpretar la autonomía universitaria, la Universidad no es una simple institución de enseñanza (…) pues a ella corresponde la función compleja, integrante de su naturaleza, de realizar y profundizar la investigación científica, cultivar las artes y las letras en su máxima expresión, analizar y criticar, con objetividad, conocimiento y racionalidad elevados, la realidad social, cultural, política y económica de su pueblo y el mundo, y proponer soluciones a los grandes problemas (…); en síntesis para esos propósitos es creada (… ) y nada menos se espera y exige de ella (…) La Universidad como centro de pensamiento libre, debe y tiene que estar exenta de presiones o medidas de cualquier naturaleza que tiendan a impedirle cumplir, o atenten contra ese, su gran cometido (Sala Constitucional, Voto N.° 1313-93).

8. A la Universidad y a su personal no se les puede cercenar su facultad y obligación de analizar los problemas de trascendencia nacional o limitar su posibilidad de expresar su opinión, a favor o en contra, de asuntos que tienen un impacto en el desarrollo social, político o económico de nuestro pueblo, como es el caso del TLC. Tampoco se puede condicionar a la Universidad el uso de sus instalaciones o recursos para la presentación y difusión del resultado de sus investigaciones o análisis.

9. Como parte de la esencia misma de la Universidad, la reflexión, la investigación y la comunicación de los resultados de la labor académica, así como la libre expresión de las ideas y opiniones solo pueden estar limitadas por el respeto mutuo.

10. En un país de derecho, el TSE no debería advertir sobre lo que ya está prohibido, en relación con la utilización de los fondos públicos, sobre todo a una institución que como la Universidad de Costa Rica ha dado evidencias, a lo largo de su existencia, de un profundo respeto de la normativa y de las regulaciones establecidas por el Estado costarricense.

ACUERDA:

1.
Reiterar el compromiso de la Institución con la defensa de su autonomía y de la libertad de cátedra, consagradas en la Constitución Política, y que son pilares fundamentales de nuestro modelo de universidad humanista y democrática.

2. Rechazar cualquier intento de silenciar o limitar la misión histórica de las universidades públicas de analizar de manera crítica y propositiva la realidad, de comunicar a la sociedad los resultados de sus investigaciones y reflexiones, y de utilizar sus instalaciones y recursos con esos propósitos.

3. Defender el derecho del Consejo Universitario, garantizado en el artículo 88 de la Constitución Política, de pronunciarse sobre los diferentes proyectos de ley relativos a las materias puestas bajo la competencia de la Universidad de Costa Rica, como fue el caso del Tratado de Libre Comercio y los proyectos de su agenda de implementación, los cuales se recomendó rechazar por su impacto negativo en el Estado Social de Derecho y en la soberanía nacional.

4. Manifestar al TSE que la expresión pública, por parte de las universidades, de conclusiones contrarias a las del Poder Ejecutivo, a las de algunos diputados y diputadas, y a las de los grupos empresariales en relación con el impacto del TLC en la sociedad costarricense, no puede ser calificada apriorísticamente como tendenciosa o propagandística.

5. Garantizar que, como parte del compromiso de la Universidad de Costa Rica con el logro del bien común, esta casa de estudios continuará con el análisis crítico del TLC y de su agenda de implementación, y seguirá poniendo a disposición de la ciudadanía toda la información producida en la Institución para que en el referéndum pueda tomar una decisión fundamentada.

6. Difundir ampliamente, por todos los medios posibles, este comunicado a la comunidad nacional e internacional.

Acuerdo firme de la sesión N.º 5175, celebrada el miércoles 25 de julio de 2007

Dra. Montserrat Sagot Rodríguez
DIRECTORA
CONSEJO UNIVERSITARIO



7 de agosto de 2007

Algunas imágenes

Queremos compartir algunas imágenes que amablemente nos facilitó Julia Ardón. Les invitamos al intercambio de sus imágenes, opiniones y comentarios con nosotr@s.